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RUGGERI, CLAUDIA MARIA VIVIANA Y OTRO c/ METROVIAS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños derivados de una caída en escaleras de la estación de subte. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad y gastos médicos.

Responsabilidad objetiva Dano moral Gastos medicos Incapacidad Transporte de pasajeros Escaleras

Daños y perjuicios por caída en escaleras de estación de subte

¿Qué se resolvió?

Se confirma la responsabilidad de la demandada, se eleva la indemnización por incapacidad a $243.000 y por gastos a $6.000. Se modifica la imposición de costas por excepción de falta de legitimación pasiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La demandada como empresa de transporte responde objetivamente por los accidentes sufridos por los usuarios en sus instalaciones.
- El actor acreditó la relación causal entre la rotura del escalón y su caída.
- La indemnización por incapacidad debe atender a las circunstancias particulares del caso, más allá de cálculos actuariales.
- Procede el reintegro de gastos médicos y de traslado, salvo prueba en contrario.

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