C. V. E. J. c/ VIA BARILOCHE SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad de la demandada, pero modificó parcialmente el monto indemnizatorio, principalmente en relación al rubro "incapacidad sobreviniente".
Fundamentos relevantes:
- La demandada no logró acreditar el hecho de la víctima como causal eximente de responsabilidad.
- Si bien la ley se refiere a la "culpa" de la víctima, lo relevante es que medie un hecho del damnificado capaz de desplazar total o parcialmente la relación de causalidad.
- Respecto a la incapacidad sobreviniente, se aplicará una fórmula matemática para su cálculo, teniendo en cuenta el ingreso mensual estimado de la actora, la tasa de descuento y el porcentaje de incapacidad.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa del Banco Nación desde el inicio de la mora y hasta el 1/8/2015, fecha de entrada en vigor del nuevo Código Civil y Comercial, y posteriormente la tasa que fije el BCRA.
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