VACCARI LAURA CECILIA c/ CIA OMNIBUS 25 DE MAYO SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente en el transporte público. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y condenó a la empresa de transporte y su aseguradora a indemnizar a la víctima por incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos.
Daños y perjuicios por accidente en transporte público
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda y condenó a los demandados a indemnizar a la actora por $50.000 de incapacidad sobreviniente, $16.000 de daño moral y $600 de gastos, con intereses. Además declaró la inconstitucionalidad de la franquicia obligatoria impuesta por la Superintendencia de Seguros.
Fundamentos relevantes:
- Se acreditó que la actora sufrió una caída al descender de un colectivo de la línea demandada, lo que le produjo lesiones.
- El transporte público tiene la obligación de transportar al pasajero sano y salvo, por lo que debe responder por los daños sufridos durante el trayecto, salvo que acredite fuerza mayor o culpa de la víctima, lo que no ocurrió.
- La fijación de la incapacidad y el daño moral se hizo de acuerdo a la gravedad de las lesiones y las características personales de la víctima.
- La franquicia obligatoria impuesta por la Superintendencia de Seguros se declaró inconstitucional por resultar un obstáculo para el acceso a la justicia de las víctimas de accidentes de transporte público.
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