T. G. I. c/ B. D. A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por incumplimiento de contrato de compraventa y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la decisión de primera instancia que condenó al vendedor al pago de la cláusula penal pactada.
¿Quién es el actor?
G. I. T.
¿A quién se demanda?
D. A. B.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incumplimiento de contrato de compraventa de una unidad funcional destinada a cochera.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó al vendedor al pago de la cláusula penal de U$S 15.180 más intereses del 4% anual desde la mora hasta el efectivo pago, por el incumplimiento en la entrega de la unidad en el plazo pactado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El daño no es un requisito para la aplicación de la cláusula penal acordada, que tiene carácter de pena convencional.
- La cifra resultante de aplicar la cláusula penal no resulta desproporcionada al precio de venta y al prolongado retardo imputable al vendedor.
- La tasa de interés del 4% anual es inferior a la fijada por la jurisprudencia de la Cámara para deudas en dólares.
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