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PARADISO, ANA VICENTA c/ LINEA 213 S.A. DE TRANSPORTE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios tras sufrir lesiones al intentar descender de un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física y psicológica.

Dano moral Intereses Franquicia Responsabilidad transportista Incapacidad fisica y psicologica


¿Quién es el actor?

Ana Vicenta Paradiso

¿A quién se demanda?

Línea 213 S.A de Transporte y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por lesiones sufridas al intentar descender de un colectivo

¿Qué se resolvió?

Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física y psicológica a $179.500. Se revoca la inoponibilidad de la franquicia a la aseguradora citada en garantía. Se confirma el resto de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se aplicó la presunción de responsabilidad del transportista conforme el art. 184 del Código de Comercio.
- La incapacidad física y psicológica deben analizarse conjuntamente por tratarse de una unidad psicofísica.
- El daño moral incluye el detrimento en los sentimientos de la víctima por el evento dañoso.
- La franquicia es oponible al tercero damnificado según doctrina de la CSJN.
- Los intereses se aplican desde la mora a la tasa pasiva hasta la sentencia y luego a la tasa activa.

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