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P R M c/ HIDROCER SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la explosión de un equipo de GNC instalado en su vehículo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente.

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Daños y perjuicios por explosión de equipo de GNC instalado en su vehículo

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó a los primeros cuatro demandados a abonar una indemnización, pero se rechazó la demanda contra Hidrocer S.A. por falta de legitimación. Se modificó la sentencia aumentando el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente. Fundamentos relevantes:
- El juez de grado tuvo por acreditado que la explosión fue consecuencia de una fuga de gas en las conexiones y accesorios del equipo de GNC.
- Hidrocer S.A. como organismo de certificación no es responsable de la instalación o renovación de los equipos de GNC, sino que esa función corresponde al PEC (Productor de Equipo Completo) y al taller de montaje.
- Se fijó una indemnización por incapacidad psicofísica sobreviniente y tratamiento psicológico de $1.500.000, considerando la edad, ingresos y magnitud de las secuelas del actor.
- Los intereses se devengarán a la tasa pura del 8% anual desde el hecho y hasta la sentencia de primera instancia, y desde allí a la tasa activa del Banco Nación hasta el pago.

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