H.M.L.E.M. c/ CONS DE PROP BARTOLOME MITRE 1767/1773 s/DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA PROP.HORIZ
Consorcio de propietarios es condenado a indemnizar a dueña de local por daños y perjuicios por filtraciones no reparadas a tiempo. Cámara confirma sentencia al considerar que el acuerdo previo entre las partes solo abarcó la reparación material, pero no renunció a reclamar lucro cesante y expensas.
Daños y perjuicios (lucro cesante y expensas) por filtraciones en local de propiedad de la actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó al consorcio a indemnizar a la actora
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El acuerdo previo entre partes solo abarcó la reparación material de las filtraciones, no renunciando la actora a reclamar lucro cesante y expensas
- Debe interpretarse el acuerdo conforme a la intención común de las partes y no al mero sentido literal de los términos
- La referencia a "daños materiales" se limitó a la reparación física, mientras que los "daños y perjuicios" reclamados incluían el lucro cesante y expensas
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