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NOGUERA, YEMINA CELESTE c/ ROJAS, MARCELO DAMIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño estético.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Gastos medicos Dano estetico

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?


- Se confirma el monto por incapacidad sobreviniente ($250.000)
- Se reduce el monto por tratamiento psicológico a $5.000
- Se fija un monto de $40.000 por daño estético
- Se confirma el resto de los rubros indemnizatorios Fundamentos principales:
- Para determinar la incapacidad sobreviniente, se deben utilizar fórmulas matemáticas como pautas orientadoras, pero sin atarlas rígidamente.
- Los gastos médicos y de traslado deben valorarse conforme a las circunstancias del caso, sin requerir la acreditación plena de los comprobantes.
- El daño estético debe indemnizarse como partida autónoma cuando implica una alteración sustancial en la apariencia física de la víctima.
- El daño moral se fija prudencialmente por el juez, atendiendo a las características personales de la víctima y las particularidades del hecho.

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