B.H. H. c/ R. D. A. s/REPETICION
El actor promovió demanda de repetición contra uno de los deudores solidarios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que ordenó reintegrar al actor los montos que abonó en cumplimiento de la condena solidaria.
¿Quién es el actor?
B.H.H.
¿A quién se demanda?
R.D.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Repetición de sumas abonadas en cumplimiento de condena solidaria dictada en juicio laboral anterior.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de repetición.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se tuvo por acreditado que si bien algunos pagos fueron realizados por un tercero, Casanueva S.A., ello era posible en virtud de los arts. 726 y 727 del Código Civil.
- También se consideró acreditado el pago de las tres primeras cuotas por la dirección letrada del demandado.
- Sumando los montos depositados judicialmente y transferidos, se alcanzó el total adeudado.
- El hecho de que el pago derivara de un acuerdo transaccional no altera la solución, ya que tal acuerdo no modificó los términos de la sentencia previa.
- La exención de costas es excepcional y no se configura en este caso, por lo que corresponde imponerlas al demandado.
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