REISVUIG LORENA GRACIELA c/ OSDE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la deficiente atención médica durante el parto prematuro de su hija. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia al revocar la responsabilidad del médico obstetra, reducir el monto por pérdida de chance y confirmar el resto de los rubros indemnizatorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Lorena Graciela Reisvig demandó a OSDE, Clínica Privada Fátima S.A., Dr. Hernán Gerardo Baiona, Federación Patronal Seguros S.A. y Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. por daños y perjuicios derivados de la deficiente atención médica durante el parto prematuro de su hija Morena.
- El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda.
- La Cámara revocó la responsabilidad del Dr. Baiona y su aseguradora por considerar que su actuación fue adecuada, pero confirmó la condena a la clínica y las aseguradoras por la falta de suministro oportuno de surfactante al bebé, lo que generó una pérdida de chance de supervivencia. Redujo el monto por pérdida de chance a $100.000 y confirmó el resto de los rubros indemnizatorios.
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