VILTE ANA SOLEDAD c/ AZUL SATA LINEA 41 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia para declarar la nulidad de la cláusula de franquicia del contrato de seguro.
- Actor: Ana Soledad Vilte
- Demandados: Azul Sociedad Anónima de Transporte Automotor y su aseguradora
- Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a los demandados al pago de una indemnización. La Cámara declaró la nulidad de la cláusula de franquicia del contrato de seguro, considerándola abusiva e inoponible a la víctima.
- Fundamentos principales:
- Para que proceda la indemnización, el actor debe probar el daño y la relación causal con la conducta del demandado. En este caso, la existencia del hecho dañoso quedó probada.
- Las cláusulas de franquicia en los contratos de seguro de responsabilidad civil por accidentes de tránsito son nulas, por resultar abusivas, contrarias al orden público y desvirtuar el carácter tuitivo que debe tener el seguro a favor de la víctima.
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