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A.A.M.J. c/ CLUB ESTUDIANTES DE LA PLATA ASOCIACION CIVIL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un incidente con lesiones sufridas cerca de un estadio de fútbol. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda argumentando que el hecho ocurrió fuera de la zona de influencia del organizador del evento.

Prueba testimonial Deber de seguridad Evento deportivo Responsabilidad organizador Zona de influencia Contradictoria

Daños y perjuicios por lesiones sufridas cerca del estadio de fútbol
- Decisión: Se confirma el rechazo de la demanda La Cámara analizó que si bien existe una obligación de seguridad de resultado a cargo de los organizadores de eventos deportivos, esta no se extiende ilimitadamente fuera de las inmediaciones del estadio. En este caso, el incidente ocurrió aproximadamente a 800 metros del estadio, fuera de la zona de influencia y control del organizador. Además, el actor presentó contradicciones en cuanto a la ubicación exacta del hecho, por lo que no logró acreditar que estuviera dentro de la zona de seguridad bajo responsabilidad de los demandados. Por ello, se confirmó el rechazo de la demanda.

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