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A. D. A. Y OTRO c/ G. G. R. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Padres demandan por daños y perjuicios causados a su hijo en accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirma el rechazo de la demanda al considerarse que la culpa concurrente de la víctima interrumpió el nexo causal.

Accidente de transito Responsabilidad civil Nexo causal Culpa concurrente Imprudencia de la victima

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito donde el niño M. N. A. sufrió lesiones al entrar en contacto con el vehículo Peugeot 307 conducido por R. G. G.
- Decisión: El tribunal rechazó la demanda. Consideró acreditado que el hecho de la víctima, al cruzar la calle fuera de la senda peatonal, interrumpió el nexo causal entre el riesgo del vehículo en movimiento y el daño. Si bien el art. 1113 del Código Civil establece un factor de atribución objetivo, la parte demandada logró probar la culpa concurrente de la víctima, eximiéndose de responsabilidad.
- Fundamentos: "Constituye un criterio jurisprudencial reiteradamente expuesto, que el hecho de que el peatón intente el cruce de una calzada por la mitad de cuadra o fuera de la senda peatonal configura una actitud imprudente que, valorada en conjunto con las restantes circunstancias del caso, puede conducir a que se tenga parcialmente por cortado el nexo causal como para establecer una responsabilidad concurrente". "El aserto de la víctima, en todo caso, pondría en evidencia una confusión aun en quien vivía en la zona, y explicaría que no vio el vehículo porque precisamente estaba mirando para el lado contrario por donde éste -correctamente
- transitaba."

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