R. M. S. R. Y OTRO c/ P. DE L. M. D. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, readecuando la tasa de interés aplicable.
- Actor: M. S. R. R. y B. M. R.
- Demandados: J. A. P. de L., M. D. P. de L. y Antartida Compañía Argentina de Seguros S.A.
- Objeto: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
- Decisión:
- Se confirmó el monto indemnizatorio por incapacidad física sobreviniente ($100.000) y daño moral ($50.000).
- Se modificó parcialmente la sentencia para readecuar la tasa de interés a aplicar: 8% anual hasta el 1/8/2015 (entrada en vigencia del Código Civil y Comercial) y luego la tasa activa del Banco Nación.
- Se distribuyeron las costas de la alzada en un 75% a los apelantes y 25% a la parte actora.
Fundamentos relevantes:
- Para el cálculo de la incapacidad física, se requiere un criterio flexible y no ceñirse a cálculos actuariales, pues este rubro busca indemnizar la pérdida de potencialidades futuras.
- Para fijar el daño moral, se debe considerar la afectación sufrida por la víctima y el grado de dolor, angustia e inquietudes generadas por el hecho.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar la tasa activa del Banco Nación a partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, de conformidad con el art. 768.
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