M. M. G. c/ L.C. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad física y psíquica.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad física (de $180.000 a $140.000) e incapacidad psíquica (de $70.000 a $40.000). Confirmó el monto por privación de uso del vehículo y la desvalorización del rodado. Respecto a los intereses, fijó una tasa del 8% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia, y luego la tasa activa dispuesta en el fallo plenario "Samudio".
Los principales fundamentos fueron:
- Para determinar la incapacidad física y psíquica, se deben ponderar diversos factores como la edad, estado físico, nivel socioeconómico, etc., sin atender a pautas matemáticas.
- En cuanto al daño moral, se deben considerar la gravedad de la culpa, la existencia de perjuicios materiales, las condiciones personales de la víctima, entre otros.
- Respecto a la tasa de interés, se consideró que aplicar la tasa activa desde el hecho dañoso hasta el pago generaría un enriquecimiento indebido, por lo que se fijó una tasa del 8% anual hasta la sentencia de primera instancia.
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