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P, J C c/ P, B I Y OTRO s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION (ART. 3.986 C.C)

El actor promovió demanda por revocación de donación contra sus hijos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por encontrarse prescrita.

Prescripcion Revocacion de donacion Suspension de la prescripcion Actas notariales


- Actor: J.C.P.
- Demandados: B.I. y M.S.P. (hijos del actor)
- Objeto: Revocación de donación realizada por el actor a favor de sus hijos el 17/10/2002, debido a la supuesta violación del deber de gratitud.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por los demandados y, en consecuencia, rechazó la demanda. La Cámara señaló que el punto de partida para el cómputo del plazo de prescripción de la acción de revocación de donación por ingratitud es el 5/1/2013, fecha en que el actor habría sido expulsado del hogar conyugal. Por lo tanto, la acción habría prescrito el 5/1/2014, siendo que la demanda fue iniciada el 16/12/2014. La Cámara desestimó el argumento del actor de que las actas notariales de constatación de fechas 10/5/2013 y 13/5/2013 habrían suspendido el curso de la prescripción, al considerar que dichas actas no lograron constituir en mora a los demandados, requisito establecido en el Código Civil para que opere la suspensión.

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