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M., S. c/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en las escaleras del Hipódromo Argentino de Palermo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física, gastos médicos y daño moral.

Dano moral Intereses Incapacidad fisica Obligacion de seguridad Relacion de consumo Responsabilidad del proveedor

Daños y perjuicios por accidente en las escaleras del establecimiento demandado.
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por "incapacidad física sobreviniente" a $40.000, "gastos médicos, farmacéuticos y de kinesiología" a $1.500 y "daño moral" a $20.000. Revocó la partida por "lucro cesante" y confirmó el rechazo del "daño psicológico y gastos de tratamiento psicológico".
- Fundamentos:
- Existencia de relación de consumo que impone a la demandada una obligación de seguridad de resultado.
- Necesidad de utilizar criterios matemáticos para cuantificar la incapacidad física, conforme al art. 1746 del Código Civil y Comercial.
- El daño moral debe valorarse considerando las actividades y satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas, según el art. 1741 del Código Civil y Comercial.
- Aplicación de la tasa activa del Banco Nación para el cómputo de intereses.

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