H., G. D. c/ E. DE T. P. DE M. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 14 de abril de 2012.
- Decisión: La Cámara confirmó la responsabilidad de la demandada pero modificó los montos indemnizatorios. Redujo la indemnización por "daño físico" a $210.000, por "daño psíquico" a $100.000 y por "daño moral" a $130.000. Declaró oponible la franquicia al actor y modificó el cálculo de los intereses.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que el testimonio único del testigo M.S. fue suficiente para acreditar la ocurrencia del hecho y la responsabilidad de la demandada, dado que fue convincente y no fue desvirtuado por otras pruebas.
- Respecto a la incapacidad sobreviniente, la Cámara redujo los montos fijados en primera instancia por considerar que las sumas eran elevadas, ponderando la edad del actor, su situación socioeconómica y las secuelas descriptas por los peritos.
- En cuanto al daño moral, la Cámara lo incrementó a $130.000 por considerar insuficiente el monto otorgado en primera instancia, atendiendo a la entidad de las lesiones y tratamientos sufridos por el actor.
- En relación a la franquicia, la Cámara la declaró oponible al actor, aplicando la doctrina del fallo plenario "Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A.".
- Sobre los intereses, la Cámara aplicó una tasa del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia de primera instancia, y luego la tasa activa del Banco Nación.
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