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R., D. D. c/ MICRO OMNIBUS ESTE S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamiento psicológico.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Intereses Danos y perjuicios


- Actor: D. D. R.
- Demandados: Microómnibus Este S.A. y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica sobreviniente a $671.000, daño moral a $253.000 y tratamiento psicológico a $40.000. Confirmó lo demás decidido. Fundamentos principales:
- Para valorar la incapacidad sobreviniente deben utilizarse criterios matemáticos y fórmulas que permitan determinar el capital necesario para cubrir la disminución de la aptitud del damnificado para realizar actividades productivas, conforme lo establece el art. 1746 del Código Civil y Comercial.
- El daño moral debe fijarse en una suma de dinero que permita al damnificado procurarse satisfacciones sustitutivas y compensatorias que mitiguen el padecimiento extrapatrimonial sufrido.
- Corresponde aplicar la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina como tasa de interés indemnizatorio.

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