MORALES MARIA DE LOURDES c/ SUCESION DE SBARBO DE RANDAZZO MARIA LUISA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de una caída en la vereda de una sala velatoria. La Cámara Civil modificó la sentencia de primera instancia y confirmó la procedencia de los rubros de incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos, pero revocó el plazo de pago fijado por el juzgado de origen.
Daños y perjuicios por una caída en la vereda de una sala velatoria
- Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó la responsabilidad de los demandados por el mal estado de la vereda. Se admitieron los rubros de incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos, pero se revocó el plazo de pago fijado, debiendo ajustarse al procedimiento previsto por la Ley 23.982 y la Ley 189 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Fundamentos: El tribunal analizó exhaustivamente la prueba testimonial y pericial producida, concluyendo que la vereda presentaba deficientes condiciones que generaron la caída de la actora. Respecto a los rubros indemnizatorios, se consideró procedente la incapacidad sobreviniente y el daño moral, pero se rechazó el lucro cesante por falta de prueba. En cuanto a los intereses y el plazo de pago, se modificó la decisión de primera instancia acogiendo el planteo del GCBA.
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