V., A. N. c/ EMPRESA SAN VICENTE SA DE TRANSPORTE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída dentro de un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó parcialmente la sentencia para admitir la oponibilidad de la franquicia pactada y modificó el monto de los intereses.
- Actora: A. N. V.
- Demandados: Empresa San Vicente S.A.T. y Expreso Villa Galicia San José S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por daños y perjuicios por caída en colectivo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia para admitir la oponibilidad de la franquicia pactada y modificó el monto de los intereses.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Corte Suprema ha descalificado la doctrina del fallo plenario que declaraba la inoponibilidad de la franquicia a la víctima, por lo que corresponde aplicar la jurisprudencia de la Corte que reconoce la oponibilidad de la franquicia.
- Respecto a la tasa de interés, corresponde aplicar la tasa del 8% anual desde la fecha del accidente hasta el dictado de la sentencia, y luego la tasa establecida en la doctrina plenaria "Samudio" hasta el efectivo pago, a fin de mantener el contenido de la indemnización.
- La nueva Resolución 39.927/2016 de la Superintendencia de Seguros, si bien no aplicable al caso por el momento de ocurrencia de los hechos, contribuye a generar mayor seguridad jurídica en esta materia.
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