V, LR c/ C DE P S DE B Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de una caída en la vereda. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por daño moral.
- Actora: L V R
- Demandados: Consorcio de propietarios de Sánchez de Bustamante 1896 y Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados de una caída en la vereda
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el monto indemnizatorio por daño moral a $100.000 y estableciendo que el monto correspondiente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, excepto el de daño moral, queda sujeto al plazo decenal establecido en la ley 23.982.
Los fundamentos principales fueron:
- Correspondía aplicar la presunción de responsabilidad del art. 1113 CCiv, ya que el daño se produjo por el riesgo de la cosa (vereda en mal estado).
- El testimonio del testigo F y el informe de Vittal acreditaron la caída de la actora en la vereda.
- Los reclamos previos del consorcio al GCBA no lo exoneraban de su responsabilidad primaria por el mantenimiento de la vereda.
- El daño moral es mensurable subjetivamente por la víctima y se fijó en $100.000 considerando la fractura de cadera sufrida.
- Se rechazó el reclamo por gastos de personal doméstico por falta de prueba.
- Se modificó el plazo de pago del GCBA, estableciéndose el art. 22 de la ley 23.982 sólo para la partida de daño moral.
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