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B., D. M. c/ D., S. A. Y OTRO s/ESCRITURACION

El actor promovió demanda por escrituración de inmueble. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que ordenó a los demandados otorgar la escritura.

Carga de la prueba Escrituracion Obligacion de hacer Mutuo Negocio fiduciario


¿Quién es el actor?

D.M.B.
- Demandados: S.A.D. y F.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Escrituración de inmueble sito en Gorostiaga 2335/37, Unidad Funcional n° 21, junto con unidad complementaria XXI y 1/14 ava parte indivisa de la unidad complementaria XIX.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a los demandados a otorgar la escritura traslativa de dominio en un plazo de 45 días, bajo apercibimiento de que se otorgue judicialmente. Se impusieron las costas a los demandados. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El boleto de compraventa obrante en autos, con firmas certificadas notarialmente, genera una obligación específica de escriturar por parte de los demandados, que no lograron desacreditar.
- Aun en el caso de que el boleto constituya un negocio fiduciario, los demandados se obligaron a transferir el inmueble, quedando dicha obligación condicionada al incumplimiento del mutuo que se alega como causa.
- Los demandados no aportaron prueba idónea para acreditar la cancelación parcial del mutuo que pudiera poner en crisis las obligaciones del boleto de compraventa.

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