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MASTRANGELO, ANDREA VERONICA c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. (LINEA 143) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido mientras viajaba como pasajera en un colectivo. La Cámara Civil modificó la sentencia de primera instancia y confirmó los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Incapacidad psiquica Franquicia Temeridad y malicia


- Actora: Andrea Verónica Mastrangelo
- Demandados: Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. (línea 143) y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica ($300.000) y daño moral ($97.000), así como los gastos de asistencia médica, farmacia y movilidad ($3.000). Asimismo, declaró la inoponibilidad de la franquicia a la víctima y confirmó la multa por temeridad y malicia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El daño psíquico y el daño moral poseen distinta naturaleza y deben ser indemnizados separadamente.
- Si bien la pericia psicológica determinó una incapacidad parcial y permanente del 30%, este porcentaje tiene un valor meramente indiciario, debiendo analizarse las limitaciones concretas de la víctima.
- La franquicia del seguro es inoponible a la víctima, conforme a la doctrina establecida por la jurisprudencia.
- La conducta de la demandada al negar los hechos de manera insensata amerita la imposición de una multa por temeridad y malicia.

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