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P. L. F. J. c/ UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA S Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y atribuyó responsabilidad concurrente al actor y a los demandados.

Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente ferroviario Deber de seguridad Responsabilidad concurrente Servicio publico ferroviario

Daños y perjuicios por accidente ferroviario en el que el actor sufrió amputación de ambas piernas.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia, atribuyendo un 40% de responsabilidad a UGOFE y Estado Nacional, y un 60% al actor. El monto de condena se fijó en $606.640, con intereses a la tasa del 8% anual hasta la sentencia y luego la tasa activa del Banco Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el actor contribuyó al resultado dañoso al intentar descender del tren aún en movimiento, pero que UGOFE incumplió su deber de seguridad al no mantener cerradas las puertas del tren. También se hizo responsable al Estado Nacional por asumir la prestación directa del servicio ferroviario a través de UGOFE. Se confirmó el monto indemnizatorio por incapacidad física y psíquica, y se aumentó el rubro de tratamiento psicológico.

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