LAXALTE MARTA GUADIELA/ARTMAN EDUARDO/ Y OTROS c/ OBRA SOCIAL DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Las demandantes interpusieron recurso de apelación contra la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios contra la obra social y otros por la atención médica brindada al fallecido. La Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Las demandantes, Marta Guadiela Laxalte y Érica Soledad Pérez Laxalte, promovieron demanda de daños y perjuicios contra la Obra Social de Entidades Deportivas y Civiles, Nossal S.A., Sanatorio Santa Rosa de Lima, Fideicomiso Proyecto Médico Congreso y la médica Bettina Alejandra Oporto, por la responsabilidad médica en el fallecimiento de José Luis Pérez.
- El juez de primera instancia rechazó la demanda. Señaló que los médicos habían actuado diligentemente y que el retiro voluntario del paciente del sanatorio donde estaba siendo tratado, contra indicación médica, constituyó una falta a su deber de colaboración, eximente de la responsabilidad de los accionados.
- La Cámara Civil confirmó la sentencia. Consideró que no hubo error en el diagnóstico inicial ni en el tratamiento brindado, y que el retiro voluntario del paciente del sanatorio constituyó una causal de eximición de la responsabilidad de los demandados.
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