E. N. A. c/ NUEVOS RUMBOS S.A.T.A.C.I.F.I. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora reclamó indemnización por daños sufridos en un accidente de colectivo. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos por incapacidad psíquica y daño moral.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de colectivo
¿Qué se resolvió?
Se modifica parcialmente la sentencia, aumentando los montos por incapacidad psíquica ($70.000) y daño moral ($80.000). Se confirma el resto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El perito médico no detectó secuelas anatómicas o funcionales, pero la perito psicológica determinó incapacidad psíquica parcial y permanente del 10%. Se valora esta prueba pericial.
- Se considera que la incapacidad psíquica debe ser reparada más allá de que la víctima tenga o no actividad productiva, ya que afecta diversos aspectos de la personalidad.
- El daño moral se presume por el accidente y se fija en $80.000 atendiendo a las condiciones personales de la actora.
- Se confirma lo relativo a gastos médicos y tratamiento kinésico.
- Se mantiene la tasa de interés activa del Banco Nación desde el hecho, sin duplicarla.
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