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Z. A. C. D. S. S.A. c/ E. S.A. s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La aseguradora demandó por cobro de sumas al entender que el incendio que afectó a su asegurada se debió a un pico de alta tensión en la red eléctrica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la actora no acreditó debidamente el origen del siniestro.

Responsabilidad objetiva Incendio Empresa de energia electrica Pico de alta tension Acreditacion del dano


¿Quién es el actor?

Z.A. C. D. S. SA (aseguradora)

¿A quién se demanda?

E. SA (empresa de energía eléctrica)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de $144.377 que la aseguradora pagó a su asegurada IMAT SA por el incendio ocurrido en su establecimiento, atribuido a un pico de alta tensión en la red eléctrica.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. Los principales fundamentos fueron:
- En casos de daños causados por descarga eléctrica rige la responsabilidad objetiva por el riesgo de la cosa.
- La empresa de energía eléctrica tiene obligación de supervisión y control del servicio que presta, a fin de evitar consecuencias dañosas.
- Sin embargo, la actora no acreditó debidamente que el incendio se haya debido a un pico de alta tensión. Los informes periciales y testimoniales no lograron determinar la causa del siniestro con certeza.
- Las endebles alegaciones de la apelante no lograron desvirtuar la valoración de la prueba efectuada por el juez de primera instancia.

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