COOLS GUSTAVO JAVIER c/ CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor reclama daños y perjuicios por accidente de tránsito. La Cámara aclara la sentencia y establece la tasa de interés aplicable.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara hace lugar a la aclaratoria interpuesta por el actor, y aclara que la tasa de interés aplicable debe limitarse a constituir renta pura, sin incluir los efectos de la depreciación monetaria, debido a que el crédito del actor se estableció conforme al método del capital humano a valores actuales y no a la fecha del hecho. Considera que la aplicación de la tasa activa desde el hecho dañoso hubiera generado un enriquecimiento indebido, por lo que aplica la tasa pura del 8% anual hasta la sentencia y la tasa activa desde entonces hasta el pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las tasas bancarias responden a las fluctuantes condiciones de la economía, por lo que la determinación del crédito del actor depende del modo como se establezca.
- Si el crédito se fija a valores actuales, corresponde aplicar la tasa activa para compensar la depreciación monetaria, pero no incluir los efectos inflacionarios.
- De acuerdo al plenario "Samudio", la tasa aplicable debe evitar un enriquecimiento indebido.
- La Corte Suprema ha establecido pautas recientes para la determinación de la indemnización.
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