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PEREZ, MARIA CRISTINA Y OTROS c/ TRANSPORTES LA PERLITA S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sufrido como pasajera de un colectivo de la empresa demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio por daño moral a la menor.

Accidente de transito Dano moral Responsabilidad civil Incapacidad Transporte publico


¿Quién es el actor?

M.C.P. y E.M.A.P. (menor representada por sus padres)

¿A quién se demanda?

T.L.P. S.A. (empresa de transporte)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito cuando viajaban como pasajeras en un colectivo de la empresa demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la responsabilidad de la empresa de transporte, pero modificó el monto indemnizatorio por daño moral, elevando a $20.000 el correspondiente a la menor E.M.A.P. Respecto de M.C.P., confirmó el monto de $30.500 fijado por el juez de primera instancia. Fundamentos principales:
- La prueba testimonial y de la tarjeta SUBE acreditaron que las actoras viajaban como pasajeras y sufrieron un accidente en el colectivo.
- Corresponde aplicar el método de capital humano para la indemnización por incapacidad parcial y permanente de 6% sufrida por M.C.P.
- El daño moral de la menor E.M.A.P. debe ser mayor al fijado en primera instancia, teniendo en cuenta su corta edad, el impacto emocional y las secuelas.
- Corresponde aplicar la tasa activa del Banco Nación desde la fecha del accidente.

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