V. Y. D. Y O. c/ A. S.A Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La demandante reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados del homicidio de su conviviente durante un robo perpetrado en un centro comercial. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, considerando que el hecho delictivo constituyó un caso fortuito que liberó de responsabilidad a la empresa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Y. D. V. demandó a la empresa A. S.A., propietaria del Parque Comercial Avellaneda, por el homicidio de su conviviente C. K. Y., ocurrido durante un robo a mano armada en el stand que este atendía dentro del predio del centro comercial. El juez de primera instancia rechazó la demanda. La actora apeló ese pronunciamiento. La Cámara Civil confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que si bien la demandada tenía un servicio de seguridad contratado, el hecho delictivo perpetrado por terceros en banda y con armas de fuego constituyó un caso fortuito que rompió el nexo causal y la exime de responsabilidad. Consideró que la demandada había adoptado las medidas de prevención que las circunstancias exigían.
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