GASTALDI GLADYS ONELIA c/ FALABELLA SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó a la empresa por daños sufridos en un accidente en la escalera mecánica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el monto indemnizatorio por daño moral fijado en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Gladys Onelia Gastaldi demandó a Falabella S.A. y a su citada en garantía, La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A., por los daños y perjuicios ocasionados con motivo de un accidente ocurrido el 19 de abril de 2009 mientras se encontraba en el local de la firma demandada, al utilizar la escalera mecánica. El juez de primera instancia admitió parcialmente la demanda y condenó a los demandados a abonar a la actora la suma de $120.000 en concepto de daños y perjuicios. Tanto la actora como la demandada Falabella S.A. apelaron la sentencia. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el monto indemnizatorio fijado en primera instancia en concepto de daño moral. Los jueces señalaron que el daño moral tiene carácter resarcitorio y debe procurar compensar la conmoción generada en la víctima, más allá del dolor físico o la disminución de la autoestima. Consideraron que el monto de $32.000 fijado por el a quo resultaba adecuado para resarcir este aspecto del reclamo, ponderando la edad de la actora al momento del accidente (70 años), la fractura de muñeca que sufrió y las secuelas que ello le generó.
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