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S., J. R. c/ B., J. E. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física, incapacidad psíquica, daño moral y tratamiento psicoterapéutico.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Tratamiento psicoterapeutico Temeridad y malicia


¿Quién es el actor?

J. R. S.

¿A quién se demanda?

J. E. B. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad física (de $180.000), incapacidad psíquica ($90.000), daño moral ($86.000) y tratamiento psicoterapéutico ($28.800). Confirmó el resto de lo decidido. Fundamentos relevantes:
- La sala consideró que el trastorno psíquico no tiene autonomía indemnizatoria y se encuentra comprendido en los rubros de incapacidad y daño moral.
- Respecto a la incapacidad, se tomó en cuenta la disminución de aptitudes productivas hasta la edad jubilatoria y la expectativa de vida, las condiciones personales del actor y el dictamen pericial.
- En cuanto al daño moral, se consideró el padecimiento espiritual provocado por el accidente y las secuelas acreditadas.
- En relación al tratamiento psicológico, se estimó que es un perjuicio patrimonial derivado del daño psíquico reconocido.
- Los intereses fueron fijados a la tasa activa bancaria, confirmando el criterio de la sentencia apelada.
- No se impusieron sanciones por temeridad o malicia.

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