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A., G. c/ GENERAL TOMAS GUIDO SACIF LINEA 9 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores promovieron demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios.

Accidente de transito Dano moral Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Responsabilidad solidaria

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Los actores N.E.M., G.A.C. y G.A. demandaron a las empresas Transporte Automotores Plaza S.A.C.I. (línea 133) y General Tomas Guido S.A.C.I.F. (línea 9) por un accidente de tránsito.
- En primera instancia, se condenó solidariamente a las dos empresas de transporte y a sus aseguradoras al pago de indemnizaciones por daños.
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia. Confirmó la responsabilidad solidaria de las empresas pero modificó los montos indemnizatorios, aumentándolos para N.E.M. y reduciendo lo otorgado a G.A.C. por incapacidad física permanente.
- La Cámara fundó su decisión en la cosa juzgada de una sentencia anterior sobre el mismo hecho, en la presunción de responsabilidad por infracción al semáforo y en el análisis pormenorizado de los daños.

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