PAZ, MATIAS DANIEL Y OTRO c/ EXPRESO PARQUE EL LUCERO LINEA 341 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores, oficiales de policía, fueron embestidos por un colectivo y demandaron por daños. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
- Primera instancia: Condenó a la demandada a pagar $35.400 a Matías Paz y $23.400 a Erica Olmos.
- Apelación: La Cámara modificó la sentencia y aumentó la indemnización por incapacidad sobreviniente a $35.000 para Matías Paz y $70.000 para Erica Olmos. También elevó el daño moral a $25.000 para cada uno.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La incapacidad permanente debe apreciarse con relación a la aptitud genérica de la víctima, no sólo la capacidad laboral. Aun cuando la secuela no sea gravemente invalidante, provoca una minoración que incide en las repercusiones de la víctima.
- El daño moral constituye una reparación autónoma de las lesiones de orden espiritual causadas por el evento, independiente de las secuelas físicas.
- La tasa de interés aplicada no implica un enriquecimiento indebido, al no actualizarse el capital por índices de depreciación monetaria.
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