PAREDES CRESPIN, EUFEMIA c/ AGUILAR, ALEJANDRO FABIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y confirmó la atribución de responsabilidad a los accionados, pero modificó los montos indemnizatorios por reparación del rodado y privación de uso.
¿Quién es el actor?
Eufemia Paredes Crespín
- Demandados: Alejandro Fabián Aguilar y Cooperativa de Trabajo Provisión de Servicios de Estibaje Puerto Madryn Limitada
- Objeto de la demanda: Reclamación de daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Decisión del tribunal:
- Se confirma la atribución de responsabilidad objetiva a los accionados con base en el art. 1113 del Código Civil, al no acreditar éstos alguna causal eximente.
- Se modifica el monto indemnizatorio por reparación del rodado, fijándolo en $89.550, y por privación de uso, en $9.000.
- Los jueces destacan que la falta de prueba de los demandados sobre la mecánica del accidente perjudica su posición, por lo que subsiste la responsabilidad objetiva.
- Citan jurisprudencia sobre la improcedencia del límite del art. 730 del Código Civil y Comercial para la regulación de honorarios, que deben realizarse conforme a las leyes arancelarias.
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