AWAD, ALAN c/ LORENZO, CAROLINA BELEN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
¿Quién es el actor?
A.A.
¿A quién se demanda?
L.C.B.; Federación Patronal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por incapacidad física a $200.000 y por daño moral a $100.000. Confirmó el resto de lo decidido. "En función de lo planteado por el actor en este punto al verter sus agravios en segunda instancia, habré de compartir su queja y discreparé con el criterio de mi colega de grado en cuanto consideró que "el porcentaje mencionado por el perito médico, en relación a la mengua en la capacidad, resulta elevado, atento el conocimiento adquirido por el continuo y reiterado juzgamiento de casos análogos" (fs. 180/180 vta)." "A la luz de los principios expuestos, para la fijación del quantum adeudado a la víctima deben tenerse en cuenta la entidad de las lesiones que sufrió y las disminuciones funcionales que el accidente le produjo, como así también sus condiciones personales y socioeconómicas (según surge de las constancias aportadas a la causa, A nació en el año 1988 y al momento del accidente se encontraba sin trabajo, vivía con su hermano y con sus padres en un departamento modesto alquilado por estos últimos, en el barrio porteño de Villa Urquiza). Sobre la base de tales factores, analizados en función del porcentaje estimado para la faceta física de la incapacidad sobreviniente y el criterio adoptado por esta Sala en situaciones análogas, considero que la suma de $ 50.000 resulta insuficiente para procurar la reparación integral de la partida, por lo que propondré a mis colegas admitir parcialmente la queja vertida por el actor y elevar dicha indemnización a $ 200.000 (art. 1746 del Código Civil y Comercial y art. 165 del Código Procesal)."
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