C., R. A. c/ R., J. A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF. ABOGADOS
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por responsabilidad profesional contra el abogado por dejar prescribir la acción ejecutiva de un pagaré.
¿Quién es el actor?
R. A. C.
¿A quién se demanda?
J. A. R. (exletrado apoderado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad profesional por dejar prescribir la acción ejecutiva de un pagaré.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Consideró que el abogado, aun sin ser apoderado, tiene el deber de impulsar el proceso y evitar la caducidad de la instancia por inactividad, lo que generó responsabilidad profesional. Señaló que en este caso la chance de cobro era total, por lo que corresponde la condena por el monto íntegro del crédito perdido.
Fundamentos principales:
- El abogado, aun como mero patrocinante, tiene el deber de impulsar el proceso y evitar la caducidad de la instancia por inactividad, comprometiendo su responsabilidad profesional.
- En este caso, el abogado no realizó actos de impulso procesal luego de ordenado un nuevo mandamiento de intimación, lo que derivó en la caducidad de la instancia.
- La chance de cobro era total, dado que se habían depositado fondos en la cuenta del juicio, lo que demuestra que la imposibilidad de cobro no era tal.
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