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S.A.G.A.I. c/ P., E. s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La actora promovió demanda por cobro de derechos de autor por la transmisión de obras audiovisuales en los televisores de las habitaciones de los hoteles del demandado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Derechos de autor Obras audiovisuales Comunicacion publica Gestion colectiva Hoteles Televisores


¿Quién es el actor?

S.A.G.A.I.

¿A quién se demanda?

É. P., titular de los hoteles G. P. y L. P.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de derechos de autor por la transmisión de obras audiovisuales en los televisores de las habitaciones de los hoteles.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó al demandado al pago de $125.705,16 más intereses y costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho de autor cuenta con protección constitucional y legal, y su ejercicio efectivo requiere de la gestión colectiva a través de entidades como SAGAI.
- La transmisión de obras audiovisuales en los televisores de las habitaciones de hotel constituye una "comunicación pública" que habilita el reclamo de derechos de autor, aun cuando las habitaciones no sean un espacio público.
- Las tarifas fijadas por la autoridad de aplicación son válidas y razonables, sin que la demandada haya cuestionado su determinación.

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