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MOSQUERA ALVAREZ, MANUEL c/ CONSTRUCCIONES C Y C SRL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia al establecer la fecha de inicio del cómputo de la cláusula penal.

Dano moral Danos y perjuicios Incumplimiento contractual Legitimacion pasiva Clausula penal

Daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de compraventa y mejoras

¿Qué se resolvió?


- Se confirma el rechazo de la demanda contra Huerta Cornejo por falta de legitimación pasiva
- Se modifica el inicio del cómputo de la cláusula penal, que se fija desde el 10 de febrero de 2013
- Se confirma el resto de lo decidido en primera instancia Fundamentos relevantes:
- La legitimación pasiva de Huerta Cornejo se verificó, ya que actuó en el ejercicio de sus funciones como gerente de la sociedad demandada.
- Respecto al lucro cesante, no se acreditó fehacientemente la renta que se dejaría de percibir por la imposibilidad de alquilar el inmueble.
- Procede la indemnización por daño moral dadas las molestias y dificultades sufridas por el actor.
- La cláusula penal debe computarse desde el vencimiento del plazo de 48hs de la última intimación, no desde el vencimiento del plazo original.

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