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R. A. G. c/ P. A. P. Y OTRO Y OTROS s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO

El actor apeló la sentencia que denegó el pago de intereses por no haber sido reclamados en la demanda. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión al considerar que los intereses no integran la litis si no fueron solicitados originalmente.

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Nulidad de acto jurídico
- Decisión: La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que denegó el pago de intereses al actor por no haber sido reclamados en la demanda inicial. El tribunal señaló que "es jurisprudencia reiterada de nuestros tribunales que, cuando no se los reclama en el escrito inicial no integran, en consecuencia, la litis, por lo que su inclusión en la condena sería contravenir el principio de congruencia". Agregó que "se trata, en definitiva, de derechos esencialmente renunciables y, por más que sea un principio la reparación integral de los perjuicios sufridos, el damnificado puede muy bien desistir de solicitar una condena que involucre los intereses o algún rubro de la cuenta resarcitoria".

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