VELAZQUEZ JOSE LUIS Y OTROS c/ HITOSHI ISHIKIDA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad, daño moral y otros rubros.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica, daño psicológico, tratamiento psicoterapéutico, daño moral, daños materiales y lucro cesante. Aplicó la tasa activa de interés desde la fecha del hecho.
Fundamentos principales:
- La incapacidad sobreviniente comprende todos los supuestos susceptibles de reparación patrimonial, incluyendo daños a la salud, integridad física y psíquica.
- Para determinar la indemnización por incapacidad se debe ponderar la frustración de la capacidad laboral y el detrimento en la actividad social de la víctima, sin ceñirse a cálculos matemáticos rígidos.
- El daño moral busca compensar los padecimientos físicos y morales sufridos por la víctima, sin pretender tasar el dolor.
- Los gastos médicos y de traslado deben ser reconocidos aun sin prueba exacta, por presumirse su existencia.
- La "pérdida de chance" no fue acreditada en autos.
- Corresponde indemnizar la privación de uso del vehículo.
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