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BRITEZ NICOLAS ANIBAL c/ NOGUEZ DEBORA ROMINA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, reduciendo el monto concedido por lucro cesante.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Tasa de interes Lucro cesante Desvalorizacion de automotor

Daños y perjuicios por accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara confirmó la atribución de responsabilidad a los demandados, pero modificó parcialmente el monto indemnizatorio, reduciendo el rubro de lucro cesante a $1.500. Declaró desierto el recurso respecto de la partida de reparación del rodado. Fundamentos principales:
- La Cámara reiteró que en accidentes de tránsito con colisión de vehículos, rige la responsabilidad objetiva del art. 1113 del Código Civil.
- Respecto a la desvalorización del rodado, la Cámara consideró que el actor no acreditó debidamente las secuelas del accidente, por lo que confirmó el monto otorgado.
- En cuanto al lucro cesante, la Cámara consideró que el monto concedido resultaba elevado, y lo redujo a $1.500.
- La Cámara aplicó la tasa activa de interés, pero sostuvo que la misma no compensa adecuadamente al acreedor, por lo que propuso aplicar el doble de la tasa activa.

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