Z L E c/ LA CENTRAL DE ESCOBAR SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños sufridos al caer dentro de un colectivo de transporte público. La Cámara Civil modificó la sentencia y admitió parcialmente el reclamo por lucro cesante.
- Actora: Lidia Estela Zarate
- Demandados: La Central de Escobar S.A. y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto: Daños y perjuicios por caída dentro de un colectivo de transporte público
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia admitiendo parcialmente el reclamo por lucro cesante por $20.000 y modificando la tasa de interés a aplicar.
La Cámara consideró que la empresa de transporte tiene una responsabilidad objetiva por los daños sufridos por la pasajera durante el servicio, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor, culpa de la víctima o de un tercero. En este caso, la empresa no logró desvirtuar dicha responsabilidad.
Respecto al lucro cesante, la Cámara consideró que la prueba aportada era suficiente para acreditarlo, aun cuando no se probó concretamente el monto, por lo que lo fijó en $20.000.
En cuanto a los intereses, la Cámara revocó la tasa dispuesta y aplicará una tasa pura del 8% hasta la sentencia de primera instancia y luego la tasa activa hasta el efectivo pago.
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