DIAZ MONICA BEATRIZ c/ COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó a Coto por daños derivados de un accidente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por lesiones sufridas al caer una barra de hierro sobre su cabeza
- Decisión: Se confirma la sentencia que atribuyó responsabilidad a Coto, pero se reduce el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente a $500.000 y por daño moral a $230.000. Se modifica el cálculo de intereses aplicando la tasa activa desde el hecho y luego el doble de esa tasa.
Fundamentos relevantes:
- Coto no acreditó que el hecho se debió a caso fortuito o culpa de la víctima o un tercero. Por lo tanto, corresponde aplicar la responsabilidad objetiva del art. 1113 CCiv.
- No se probó fehacientemente el vínculo de Vess S.A. y el arquitecto Teijón con Coto al momento del hecho, por lo que se los exime de responsabilidad.
- La aseguradora "San Cristóbal" quedó eximida de cobertura por mora en el pago de las primas.
- Los montos indemnizatorios por incapacidad y daño moral se reducen por ser algo elevados, aplicando criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
- Los intereses se aplican según la tasa activa desde el hecho y luego el doble de esa tasa, a fin de resarcir adecuadamente a la víctima.
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