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LEZCANO GONZALO SEBASTIAN c/ MELGAREJO FRETES PABLO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aplicó una tasa de interés diferenciada.

Accidente de transito Intereses Responsabilidad civil Incapacidad Dano psicologico

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la responsabilidad de los demandados, modificando únicamente el cálculo de los intereses. Estableció que los intereses se liquiden desde el momento del hecho a la tasa activa hasta la sentencia y luego a la tasa dispuesta en el plenario "Samudio". Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que el Renault 19 conducido por Melgarejo Fretes invadió el carril por donde circulaba la motocicleta, siendo este el único responsable del accidente.
- Respecto al daño psicológico, la Cámara entendió que correspondía reconocerlo al tratarse de una incapacidad permanente que afectaba la vida de relación de los actores.
- En cuanto a los intereses, la Cámara aplicó la tasa activa desde el hecho hasta la sentencia y luego la tasa del plenario "Samudio" hasta el efectivo pago.

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