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FASCE ROCIO c/ COLECTIVEROS UNIDOS S.A.(LINEA 106) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses

Daños y perjuicios por atropello de colectivo
- Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente de $80.000 a $210.000. Se confirmó el monto de $50.000 por daño moral. Se estableció que los intereses se calculen de acuerdo a lo expuesto en los considerandos. Fundamentos principales:
- El accidente acaeció cuando la actora tenía 23 años y le generó lesiones físicas (cicatriz en mentón, inversión de lordosis cervical y contractura muscular) y secuelas psicológicas que requirieron tratamiento.
- El perito médico estimó una incapacidad física del 8%. La Cámara consideró que el monto de $80.000 fijado en primera instancia por este rubro era insuficiente y lo elevó a $210.000.
- Respecto al daño moral, se consideró adecuado el monto de $50.000 fijado en primera instancia, atendiendo a la intensidad de los padecimientos de la víctima.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia apelada, y desde allí y hasta el efectivo pago, la tasa activa cartera general del Banco Nación. Para el daño moral, los intereses se computarán desde la interposición de la demanda.

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