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DONAIRE MARIA DE LA MERCED Y OTROS c/ VIZGARRA MANUEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Las actoras promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y estableció que la totalidad de la responsabilidad recae sobre los demandados.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Culpa de la victima Dano psicologico

Indemnización por daños derivados de un accidente de tránsito en el que falleció la madre de las actoras

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había atribuido un 70% de responsabilidad a la víctima, y estableció que la totalidad de la responsabilidad recae sobre los demandados. Confirmó los montos reconocidos por tratamiento psicológico y daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La conducta de la víctima, si bien no fue absolutamente imprevista e inevitable, no configura una eximente que libere de responsabilidad al dueño o guardián de la cosa riesgosa, en este caso los vehículos.
- El hecho de que el conductor demandado infringiera las normas de tránsito al remolcar el vehículo Fiat Duna de manera no permitida, potencializó el riesgo y tuvo incidencia causal en el accidente.
- La indemnización por daño psicológico solicitada no procede al tratarse de secuelas reversibles, pero el daño moral reconocido es adecuado.

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