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P c/ T M M s/LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES

El actor promovió demanda por liquidación de régimen de comunidad de bienes. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia con algunas modificaciones en la distribución de gastos extraordinarios y costas.

Condominio Costas procesales Expensas Comunidad de bienes Disolucion de la comunidad


¿Quién es el actor?

Pablo P.
- Demandada: M M T (ex cónyuge)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Liquidación del régimen de comunidad de bienes, en particular el departamento ubicado en la calle José E. Uriburu.

¿Qué se resolvió?


- Se declara que el inmueble es un condominio ganancial anómalo, correspondiendo un 75% a la demandada y 25% al actor.
- Los gastos de impuestos, tasas, contribuciones, expensas ordinarias y servicios deben ser afrontados por la demandada, mientras que las expensas extraordinarias se distribuyen en igual proporción que el condominio.
- Se ordena la disolución y partición del bien.
- Respecto a las costas de primera instancia, se confirma que el 70% las debe pagar el actor y el 30% la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las expensas extraordinarias benefician a los condóminos y deben distribuirse proporcionalmente.
- Debe respetarse el principio de congruencia, por lo que no procede reclamar reparaciones del inmueble no incluidas en la demanda.
- La distribución de costas atiende al resultado parcialmente favorable a ambas partes.

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