CONS DE PROP AV CONGRESO 1628/34/38 CABA c/ WANSCHELBAUM MARCELO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA PROP.HORIZ
El Consorcio de Propietarios promovió demanda por la ejecución clandestina de una obra en un balcón privativo, pero la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que rechazó la acción, al considerar que la obra no generaba perjuicios y su demolición resultaría innecesariamente severa.
¿Quién es el actor?
Consorcio de Propietarios Avda. Congreso 1628/1634/1638
¿A quién se demanda?
Marcelo Wanschelbaum
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se restituya el inmueble a su estado anterior y se indemnicen los daños y perjuicios por la obra ejecutada en el balcón de la unidad funcional n°32.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda. Si bien la obra fue realizada sin autorización, el perito concluyó que no generaba perjuicios ni peligro, y que su demolición sería innecesariamente severa dado que no altera la fachada. Aplicando criterios de equidad, se consideró que correspondía mantener lo construido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los balcones, si bien pueden ser de propiedad exclusiva según el reglamento, no lo son en toda su estructura, por lo que para modificarlos se requiere autorización del consorcio.
- No obstante, la demolición solicitada no corresponde en este caso, pues la obra no genera daños, no altera la fachada y su eliminación resultaría desproporcionada.
- El principio de prohibición de modificar la fachada debe interpretarse de modo flexible cuando la obra no afecta la seguridad, salubridad o valor del edificio.
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